Consultoría Legal
nº153 abril 2012
Responsabilidad civil del anestesista vs del doctor (I)
Una de las ramas del Derecho que, desde hace unos años, está en constante auge, en cuanto a litigiosidad, es la referente a los daños, claramente influenciada por el derecho anglosajón, principalmente el norteamericano. Allí, la responsabilidad, tanto contractual como extracontractual, es el origen de una gran parte de los recursos.
Legalidad de los blanqueamientos dentales realizados por no odontólogos
El pasado 29 de octubre se publicó, en el Diario Oficial de la Unión Europea, la Directiva 211/84/EU del Consejo, por la que se modifica la Directiva 76/768/CEE relativa a los productos cosméticos. La nueva norma deberá transponerse a los ordenamientos internos de los Estados miembros de la Unión Europea antes del próximo 30 de octubre.
El texto de la citada directiva recoge, prácticamente de forma exclusiva, el uso que se tiene que hacer del peróxido de hidrógeno (agua oxigenada) en los productos y/o tratamientos blanqueadores dentales. Esta sustancia es un componente habitual no sólo de los procedimientos y los productos dentales, sino también de otros tipos de trabajos de estética, destinados, por ejemplo, al cuidado del cabello, la piel o el endurecimiento de las uñas, entre otros.
Gabriel Echávarri Fernández
Intrusismo profesional en Odontología
Situación de los tratamientos con pagos anticipados
Cierre de clínicas
Cada cierto tiempo, vemos en las noticias cómo cierra una clínica sin devolver los importes que distintos pacientes habían abonado anticipadamente, incluso de forma completa o a través de una financiación externa.
¿Qué consecuencias jurídicas tienen estos cierres sorpresivos? ¿Quién debe asumir esos tratamientos? Las consecuencias del cierre son diversas. Existe una clara responsabilidad civil y, en todo caso, una eventual responsabilidad penal, por los delitos de estafa y/o apropiación indebida.
Obligación de separar los costes de fabricación de los productos sanitarios a medida
Desglose de las facturas
La Disposición Adicional Decimotercera de la Ley 29/2006, de 26 de julio, de “Garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios”, es clara al respecto de la obligación de los facultativos que coloquen o pongan en servicio productos sanitarios a medida, en el ejercicio de sus atribuciones profesionales, de separar sus honorarios por dicha intervención de los costes de fabricación de los productos colocados.
Tratamiento de residuos sanitarios
De forma general, la norma básica sobre el tratamiento de los residuos es la Ley 10/1998, de 21 de abril. Podemos entender que los residuos sanitarios, aún sin estar expresamente nombrados, entran en el ámbito de aplicación de esta norma. No obstante, dada su alta especialidad, se echa de menos una norma nacional que aborde su tratamiento y recogida. Ante este vacío y la ambigüedad de la normativa europea, que tampoco recoge de forma directa y expresa estos residuos, sino que lo hace a través de otras normas, son las Comunidades Autónomas las que regulan la recogida de los mismos.
Consentimiento informado (I) Contenido de la información
El consentimiento informado –generalmente, su ausencia o defecto– se ha convertido en los últimos años en el principal argumento de las reclamaciones efectuadas en materia sanitaria. Su examen por parte de los tribunales es uno de los principales factores que pueden conducir a la estimación o desestimación de la reclamación.






